lunes, 25 de mayo de 2009

LOS PERIODOS HISTORICOS SON:

LOS PERIODOS HISTORICOS SON:

1. Que el poder legislativo ha decretado la siguiente:

La cámara de diputados de la República de El Salvador considerado:

En el Valle de Los Almendros, del Departamento de La Unión tiene las condiciones indispensables y reúne el suficiente número de habitantes para ser establecido como pueblo, ha tenido decretar lo siguiente:

Art. 1: Se establece en pueblo El Valle de Los Almendros con el nombre de " El Carmen"

Art.2: La poblacion proceda a elegir conforme a la ley un alcalde dos regidores, un sindico, un juez de paz propietario y un súplete.

Art.3: El Valle de Los Almendros, pueblo El Carmen; en lo gobernativo y judicial, pertenece al Departamento de La Unión.

Art.4: Facultar al ejecutivo, para que marque los limites jurisdiccionales de esta nueva poblacion.

Dado en el salón Azul de la sección de la cámara de Diputados de la República de El Salvador, a los cuatro días del mes de marzo de mil ochocientos setenta y cuatro.

Comisión de asuntos Municipales, expedientes Nо. 1179-98, de fecha 13 de mayo de 1998, nació del Diputado Elizardo González Lobo, en el sentido se le otorgue el titulo de Villa, al pueblo de El Carmen del Departamento de La Unión, a partir de la anterior fecha que da el pueblo de El Carmen eregido como " Villa de El Carmen".
Decreto Nо. 307, La Asamblea legislativa de la República de El Salvador.

Considerado:

1. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 22 constitución de la República, corresponde a la Asamblea Legislativa la facultad de conceder, a personas o poblaciones, títulos, distinciones honorificas y gratificaciones compartibles con la forma de Gobierno establecida.

2. Que habida cuneta del esfuerzo y el dinámico emprendedor de los habitantes de El Carmen, Departamento de La Unión, en la actualidad dicha poblacion ha alcanzado notable progreso, ya que cuenta con todos los servicios públicos.





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